Niega SAT que vaya a congelar cuentas bancarias en diciembre

Orizaba, Ver.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) desmintió los rumores sobre un supuesto “mega bloqueo” de cuentas bancarias por parte del organismo durante diciembre.

En comunicado expuso que no existe ningún mecanismo para congelar cuentas de forma masiva, ni hay un calendario generalizado de bloqueos, así como tampoco visitas domiciliarias indiscriminadas con fines de fiscalización.

Refirió que sus actuaciones se rigen bajo criterios de legalidad, proporcionalidad y respeto a los derechos de los contribuyentes y que cualquier medida de inmovilización de recursos bancarios procede sólo en casos individuales específicos, cuando se detectan adeudos fiscales firmes o irregularidades particulares.

Por ello, exhortó a la ciudadanía a no alarmarse por cadenas de información no verificadas e invitó a consultar fuentes oficiales.

La especie cobró fuerza en días recientes, cuando usuarios difundieron que el SAT planeaba congelar cuentas bancarias –como BBVA, Banorte, Banco Azteca, Banamex o Santander– argumentando omisiones fiscales, créditos fiscales con garantía insuficiente, movimientos bancarios “irregulares” o pasivos acumulados.

Mensajes en redes sociales y servicios de mensajería advertían que el supuesto operativo comenzaría en diciembre, justo en temporada con aguinaldos, bonificaciones y gastos navideños, lo que preocupó a muchos ciudadanos.

Frente a ello, el SAT consideró necesario aclarar la situación para evitar incertidumbre y posibles daños a la economía doméstica de personas que sí cumplen con sus obligaciones fiscales.

Al respecto, el organismo recordó que sí tiene facultades legales para inmovilizar cuentas bancarias, pero sólo en situaciones específicas.

Explicó que sería cuando un contribuyente tiene un adeudo fiscal firme, es decir un crédito fiscal que no impugnó o no saldó en los tiempos establecidos; cuando hay irregularidades en declaraciones, omisión de obligaciones fiscales, movimientos bancarios no justificados o transacciones sospechosas.

Explicó que esto se hace después de un procedimiento administrativo formal, con notificación al contribuyente y posibilidad de defensa o garantía y no es de forma instantánea, automática o generalizada.

Detalló que en esos casos puede requerir a las instituciones financieras que inmovilicen depósitos suficientes para cubrir los adeudos, pero la norma exige que el proceso respete los derechos del contribuyente y la medida sólo debe aplicarse sobre los montos necesarios para cubrir la deuda.

Si un contribuyente recibe, dice el comunicado, una notificación del SAT por adeudos o irregularidades, presta atención porque la autoridad puede ejercer sus facultades, pero debe hacerlo mediante un procedimiento legal y notificándose previamente.

Si no tienes adeudos fiscales, ni deudas firmes con el fisco, ni movimientos bancarios irregulares, no hay nada de qué preocuparse. El SAT no tiene un plan de bloqueos masivos y tus cuentas pueden operar con normalidad.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *